Pesquisar este blog

29 de out. de 2013

¿Cómo hacer frente al malestar de las víctimas y la escasa reinserción de los infractores?

En España se viven momentos decisivos pero también convulsos, con la doctrina Parot anulada, muchos presos peligrosos saldrán de prisión antes, lo cual no significa que no hubieran cumplido su condena según  la ley que en ese momento los juzgó. Probablemente debieron cambiar la ley antes, para no beneficiar a delincuentes de extrema peligrosidad, pero  la realidad es que no lo hicieron. Sin embargo, un preso una vez que ha cumplido su condena ha saldado su deuda con el sistema y debe salir a la calle. El malestar de las víctimas es lo que más me preocupa porque significa que el sistema no ha cumplido con las víctimas, no las ayudado a reparar o más bien mitigar su dolor, lo que las ha llevado a sentirse víctimas perpetuas con un dolor que lejos de aminorarse o al menos cambiar en su percepción, sigue vivo como si fuera el primer día a pesar de los años. Esto es el mejor indicativo de que la Justicia ha fallado con ellas, y las víctimas no encuentran otra explicación ni otra forma de mitigar su vacío que "agarrándose" a penas más duras. No estoy hablando de que olviden, que pongan una página nueva en su vida, dejando atrás a su ser querido, al contrario hablo de ayudarlas en el camino a su dignificación, sufrieron un delito terrible con pérdidas irreparables, pero deben cambiar sentimientos negativos por otros positivos y constructivos porque así el delincuente no habrá ganado, ni dominara su vida. Se trata de recuperen el control de su vida, y que sientan que a pesar de todo, su vida no ha quedado arruinada ni a merced del delito sufrido y del delincuente que lo cometió. Es complicado, pero es posible y si queremos que las víctimas vuelvan a reconectar con la sociedad es necesario ayudarlas en este camino.
 
Sin duda, veo que durante años esto no ha sido así, no hay nada más que ver, el lema de la última manifestación de víctimas ( si bien la mayoría eran de la banda terrorista cuyas connotaciones son algo diferentes y difícil de entender fuera de España), por una justicia con vencedores y vencidos, este lema tan lleno de rencor, demuestra que todavía muchas víctimas están en el primer estadio del camino, con unos sentimientos poco positivos para ayudarlas a recuperarse. No hay que demonizar, estos sentimientos ni pensar que son "víctimas malas" por tenerlos, pero si podemos mostrarlas otras paradas en el camino e invitarlas a recorrerlo. Porque al fin y al cabo lo más importante es que se luche por unas víctimas que se sientan respetadas y reconocidas. Si ellas se sienten así y pueden despojarse del rol, ya habrán vencido a los infractores, porque habrán visto que ni el mayor de los daños posibles ha podido con ellas, se han levantado y han recuperado su vida, esto sin duda, es la mayor de las victorias. Porque el delincuente sabrá que no tiene poder ni control sobre las personas a las que dañó y esto para ellos ya es una derrota. Por otro lado, el sistema también tiene la obligación de hacer todo lo posible para que el delincuente reconozca el daño, o al menos vea que su acción dañó a otro ser humano, y que no tenía derecho a hacerlo, en definitiva, tiene la obligación de proveer de las oportunidades necesarias para que el delincuente pueda reconectar con la comunidad, pueda reinsertarse. Sin embargo, veo que tampoco durante estos años se ha producido esto, pues por más que las condenas fueran largas, no parece que la reinserción haya dados sus frutos, y para colmo, instituciones penitenciarias lo dice tal cual, un presos que lleva más de 15 años en prisión y no se ha reinsertado y como este muchos más.Esto sin duda lleva a replantear el sistema ya que no funciona la reinserción ni para víctimas ni para infractores. ¿Qué se puede hacer? Mucho, y el gobierno acaba de poner su granito de arena, los servicios de justicia reparadora o restaurativa aparecen en el recién proyecto de estatuto de víctimas. Aunque hay miedo a hablar de justicia reparadora, porque piensan que no va a ser entendido por las víctimas. Una pena, porque esta justicia restaurativa o reparadora, ( no ya solo la mediación penal) fomenta la sanación de víctimas, la asunción de responsabilidad del infractor y la mejor convivencia de la comunidad. Para que esto se pueda dar, es necesario:
  • Una regulación que favorezca esta justicia reparadora en sentido amplio, para que se pueda aplicar en sus diferentes vertientes y no solo encuentros restaurativos
  • Que se deje de confundir a los ciudadanos con noticias, como serán pioneros en tal ciudad con un proyecto de mediación penal que agiliza los juzgados y no judicializar determinados delitos, porque esto es confundir los objetivos y los beneficios de la Justicia reparadora y de sus diferentes herramientas como la mediación penal.
No obstante, sin duda, es un pequeño gran paso el borrador de proyecto de estatuto de víctimas, porque el lugar para hablar de justicia restaurativa es una norma sobre víctimas y que se reconozca el derecho de las víctimas a acceder de forma general a los servicios de justicia reparadora es una necesidad y un derecho que debe ser universal para todas ellas , si queremos invertir el malestar que hoy tienen la mayoría de las víctimas y la poca reinserción de los delincuentes en general.

Nenhum comentário:

“É chegada a hora de inverter o paradigma: mentes que amam e corações que pensam.” Barbara Meyer.

“Se você é neutro em situações de injustiça, você escolhe o lado opressor.” Desmond Tutu.

“Perdoar não é esquecer, isso é Amnésia. Perdoar é se lembrar sem se ferir e sem sofrer. Isso é cura. Por isso é uma decisão, não um sentimento.” Desconhecido.

“Chorar não significa se arrepender, se arrepender é mudar de Atitude.” Desconhecido.

"A educação e o ensino são as mais poderosas armas que podes usar para mudar o mundo ... se podem aprender a odiar, podem ser ensinadas a amar." (N. Mandela).

"As utopias se tornam realidades a partir do momento em que começam a luta por elas." (Maria Lúcia Karam).


“A verdadeira viagem de descobrimento consiste não em procurar novas terras, mas ver com novos olhos”
Marcel Proust


Livros & Informes

  • ACHUTTI, Daniel. Modelos Contemporâneos de Justiça Criminal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2009.
  • AGUIAR, Carla Zamith Boin. Mediação e Justiça Restaurativa. São Paulo: Quartier Latin, 2009.
  • ALBUQUERQUE, Teresa Lancry de Gouveia de; ROBALO, Souza. Justiça Restaurativa: um caminho para a humanização do direito. Curitiba: Juruá, 2012. 304p.
  • AMSTUTZ, Lorraine Stutzman; MULLET, Judy H. Disciplina restaurativa para escolas: responsabilidade e ambientes de cuidado mútuo. Trad. Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • AZEVEDO, Rodrigo Ghiringhelli de; CARVALHO, Salo de. A Crise do Processo Penal e as Novas Formas de Administração da Justiça Criminal. Porto Alegre: Notadez, 2006.
  • CERVINI, Raul. Os processos de descriminalização. 2. ed. rev. da tradução. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2002.
  • FERREIRA, Francisco Amado. Justiça Restaurativa: Natureza. Finalidades e Instrumentos. Coimbra: Coimbra, 2006.
  • GERBER, Daniel; DORNELLES, Marcelo Lemos. Juizados Especiais Criminais Lei n.º 9.099/95: comentários e críticas ao modelo consensual penal. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2006.
  • Justiça Restaurativa. Revista Sub Judice - Justiça e Sociedade, n. 37, Out./Dez. 2006, Editora Almedina.
  • KARAM. Maria Lúcia. Juizados Especiais Criminais: a concretização antecipada do poder de punir. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2004.
  • KONZEN, Afonso Armando. Justiça Restaurativa e Ato Infracional: Desvelando Sentidos no Itinerário da Alteridade. Porto Alegre: Livraria do Advogado, 2007.
  • LEITE, André Lamas. A Mediação Penal de Adultos: um novo paradigma de justiça? analise crítica da lei n. 21/2007, de 12 de junho. Coimbra: Editora Coimbra, 2008.
  • MAZZILLI NETO, Ranieri. Os caminhos do Sistema Penal. Rio de Janeiro: Revan, 2007.
  • MOLINA, Antonio García-Pablos de; GOMES, Luiz Fávio. Criminologia. Coord. Rogério Sanches Cunha. 6. ed. rev., atual e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • MULLER, Jean Marie. Não-violência na educação. Trad. de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Atenas, 2006.
  • OLIVEIRA, Ana Sofia Schmidt de. A Vítima e o Direito Penal: uma abordagem do movimento vitimológico e de seu impacto no direito penal. São Paulo: Revista dos Tribunais, 1999.
  • PALLAMOLLA, Raffaella da Porciuncula. Justiça restaurativa: da teoria à prática. São Paulo: IBCCRIM, 2009. p. (Monografias, 52).
  • PRANIS, Kay. Processos Circulares. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • RAMIDOFF, Mario Luiz. Sinase - Sistema Nacional de Atendimento Socioeducativo - Comentários À Lei N. 12.594, de 18 de janeiro de 2012. São Paulo: Saraiva, 2012.
  • ROLIM, Marcos. A Síndrome da Rainha Vermelha: Policiamento e segurança pública no século XXI. Rio de Janeiro: Jorge Zahar Editor. 2006.
  • ROSA, Alexandre Morais da. Introdução Crítica ao Ato Infracional - Princípios e Garantias Constitucionais. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2007.
  • SABADELL, Ana Lúcia. Manual de Sociologia Jurídica: Introdução a uma Leitura Externa do Direito. 4. ed. rev., atual. e ampl. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2008.
  • SALIBA, Marcelo Gonçalves. Justiça Restaurativa e Paradigma Punitivo. Curitiba: Juruá, 2009.
  • SANTANA, Selma Pereira de. Justiça Restaurativa: A Reparação como Conseqüência Jurídico-Penal Autônoma do Delito. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2010.
  • SANTOS, Juarez Cirino dos. A Criminologia Radical. 2. ed. Curitiba: Lumen Juris/ICPC, 2006.
  • SCURO NETO, Pedro. Sociologia Geral e Jurídica : introdução à lógica jurídica, instituições do Direito, evolução e controle social. 6. ed. São Paulo: Saraiva, 2009.
  • SHECAIRA, Sérgio Salomão; Sá, Alvino Augusto de (orgs.). Criminologia e os Problemas da Atualidade. São Paulo: Atlas, 2008.
  • SICA, Leonardo. Justiça Restaurativa e Mediação Penal - O Novo Modelo de Justiça Criminal e de Gestão do Crime. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2007.
  • SLAKMON, Catherine; MACHADO, Maíra Rocha; BOTTINI, Pierpaolo Cruz (Orgs.). Novas direções na governança da justiça e da segurança. Brasília-DF: Ministério da Justiça, 2006.
  • SLAKMON, Catherine; VITTO, Renato Campos Pinto De; PINTO, Renato Sócrates Gomes (org.). Justiça Restaurativa: Coletânea de artigos. Brasília: Ministério da Justiça e PNUD, 2005.
  • SÁ, Alvino Augusto de. Criminologia Clínica e Psicologia Criminal. prefácio Carlos Vico Manãs. São Paulo: Revista dos Tribunais, 2007.
  • SÁ, Alvino Augusto de; SHECAIRA, Sérgio Salomão (Orgs.). Criminologia e os Problemas da Atualidade. São Paulo: Atlas, 2008.
  • VASCONCELOS, Carlos Eduardo de. Mediação de conflitos e práticas restaurativas. São Paulo: Método, 2008.
  • VEZZULLA, Juan Carlos. A Mediação de Conflitos com Adolescentes Autores de Ato Infracional. Florianópolis: Habitus, 2006.
  • WUNDERLICH, Alexandre; CARVALHO, Salo (org.). Novos Diálogos sobre os Juizados Especiais Criminais. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2005.
  • WUNDERLICH, Alexandre; CARVALHO, Salo de. Dialogos sobre a Justiça Dialogal: Teses e Antiteses do Processo de Informalização. Rio de Janeiro: Lumen Juris, 2002.
  • ZEHR, Howard. Justiça Restaurativa. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2012.
  • ZEHR, Howard. Trocando as lentes: um novo foco sobre o crime e a justiça. Tradução de Tônia Van Acker. São Paulo: Palas Athena, 2008.